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Av. Las Heras 1983 1º CABA, Argentina
Av. Las Heras 1983 1º CABA, Argentina
Artículo 1.º La prueba está destinada a caballos Criollos Puros de Pedigree inscriptos en los Registros Genealógicos de la Sociedad Rural Argentina o en entidades extranjeras equivalentes.
Artículo 2.º La competencia se disputará por parejas, determinadas mediante sorteo previo. En cada serie quedará eliminado el competidor perdedor. Los ganadores de cada serie continuarán enfrentándose entre sí hasta determinar el ganador final de la prueba.
Artículo 3.º Cuando el número de inscriptos supere los treinta y dos (32) participantes, se determinará previamente, mediante sorteo entre todos los competidores, qué números disputarán una serie eliminatoria preliminar destinada a reducir el número de participantes a dicha cifra.
El mismo procedimiento se aplicará cuando la cantidad de animales inscriptos impida confeccionar una planilla de competencia definitiva.
Asimismo, cuando el Comisario General lo considere conveniente, en función del número de inscriptos y del programa de la exposición, podrá establecerse directamente una semifinal eliminatoria previa.
Artículo 4.º La prueba deberá realizarse conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Aperos y Vestimentas.
El jinete podrá emplear las ayudas habituales del trabajo a caballo, tales como espuelas y rebenque. El uso indebido o abusivo de dichas ayudas, a juicio del jurado, será causal de descalificación.
Artículo 5.º Será motivo de descalificación cualquier conducta que, a criterio del jurado, implique obtener una ventaja indebida o desnaturalizar el objetivo de la prueba.
También será descalificado el competidor que:
Si ambos participantes incurrieran en alguna de estas faltas, ambos quedarán descalificados.
La única excepción será la corrida final, que se repetirá una sola vez. Si en la repetición ambos competidores resultaran nuevamente descalificados, serán considerados segundos en el cómputo final de la prueba.
Si esta situación ocurriera en una semifinal, instancia que no se repite, ambos competidores serán considerados cuartos.
Los animales deberán largar prácticamente detenidos o con un mínimo movimiento. Si un animal presenta dificultades para largar, el jurado podrá disponer su retiro de la prueba.
Artículo 6.º Intervalos de descanso: cuando un competidor deba participar en dos series consecutivas, se le otorgará un intervalo de descanso antes de su siguiente intervención.
Artículo 7.º El recorrido de la prueba se realizará conforme al circuito establecido por la organización.
Artículo 8.º La prueba consta de siete (7) tambores en total. Estos deberán colocarse a una distancia de ocho (8) metros entre sí, medida desde el centro de cada tambor.
Artículo 9.º Para toda cuestión que no se encuentre expresamente prevista en el presente reglamento, se aplicará en forma supletoria el Reglamento General de Exposiciones, incluyendo, entre otros aspectos, el régimen de incompatibilidades de los jurados, las sanciones y las penalidades correspondientes.